Incidente de desacato a Petro por incumplir fallo para conformar comisión de CREG
Por incumplir la orden proferida en el fallo del 25 de enero de 2024, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca abrió incidente de desacato con orden judicial contra el Presidente de la República, Gustavo Petro, por incumplir fallo que le ordenaba la conformación de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).
El Ministro de Minas y Energía, Andrés Camacho, ha ido nombrando de a poco a los comisionados de la CREG. Este jueves, fue posesionado el barranquillero William Mercado.
Sin embargo, un fallo del 25 de enero de 2024, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, le ordenó a Petro hacerlo en un término de 30 días, plazo que se incumplió.
"Ahora bien, los documentos allegados por la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República permiten evidenciar que se realizaron gestiones para realizar los nombramientos, más no el cumplimiento del fallo, porque no se adjuntaron los actos administrativos de nombramiento en propiedad de los seis expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva, nombrados por el presidente de la República para períodos de cuatro (4) años, como se ordenó en el fallo del 25 de enero de 2024, pese a que el plazo feneció el 27 de junio de 2024", explicó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
En consecuencia, el Tribunal decidió: "Abrir incidente de desacato a orden judicial contra el doctor Gustavo Francisco Petro Urrego, en calidad de presidente de la República de Colombia, por desacato al fallo de 25 de enero de 2024 proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca".
El Tribunal negó la solicitud de abrir incidente contra el ministro de Minas y Energía, por las razones expuestas en la parte motiva de la providencia.
El Presidente Petro tiene dos días para rendir informe de cumplimiento del fallo o presente argumentos de defensa a una eventual sanción por desacato; y aporte el expediente administrativo completo que contiene los actos administrativos de nombramiento en propiedad y por encargo de los expertos de la CREG y los demás documentos que acrediten las acciones y gestiones necesarias para integrar la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG.